sábado, 8 de abril de 2017

Sucesion Instestada y la Sucesion Legitima contra el Testamento

Sucesion Instestada 

Es la transmision que hace la Ley de los bienes. Derecho y obligaciones transmisibles de una persona difunta, en donde a flata de testamento, la ley designa a los herederos del difundo, interpretando una voluntad que no llego a manifestarse. Las reglas de la sucesion intestada constituye el testamento. Tiene lugar cuando el causante no otorgo testamento o el otorgado no es valido, o ninguno de los instituidos llega a ser heredero.




Orden de Suceder en el Derecho Civil Romano


Segun La Ley de las XII Tablas:

Se  establece tres categorías de herederos ab-intestatos:
1.      los herederos sui;
2.      en defecto de éstos, el agnado más próximo; y,
3.      en defecto de los dos grupos anteriores, los  gentiles, o sea, las personas que integraban la gens a la cual pertenecía el difunto.




La Sucesión Intestada: Derecho Pretoriano
El llamamiento pretorio alcanza a cuatro clases de personas:

1.      Unde Liberi.  Está constituida por los sui del derecho civil, y, además, por emancipados y sus descendientes. Quedan fuera de llamamiento los hijos dados en adopción que no hayan sido emancipados por el padre que los adoptó, los hijos adoptivos emancipados y la uxor.

2. Unde legitimi.  Está formada por los herederos del Derecho civil.

3. Unde Cognati.Comprenden los parientes consanguíneos del difunto por linea masculina o femenina, hasta el sexto grado, y del séptimo los hijos de primos segundos del causante sobrino sobrinave nati et nate.

4. Unde Vir et uxor. El pretor establece, por último, un derecho reciproco de sucesión entre marido y mujer, siempre que se trate de matrimonio iustum, disuelto por la muerte".


Orden suceder en el Derecho Venezolano

a)     Los Hijos cuya filiación este legalmente comprobada 
b)     Conyuge. 
c)     A falta de hijos se aplica las reglas del articulo 825 Código Civil.



       


              

            Sucesión Legitima Contra El Testamento


La Bonorum Possessio es la sucesión en virtud del edicto del pretor. El derecho pretoriano vino en ayuda del derecho civil para confirmarlo, protegiendo al heredero, para completar el derecho civil, concediendo la posesión de los bienes a los cognados, a falta de herederos, e impidiendo así que la sucesión quedará vacante y corrigiendo, otorgando la posesión de los bienes, aun en presencia de herederos, a personas a las cuales el derecho civil no concedía derecho hereditario alguno








La bonorum possessio contra tabulas de los liberi
Es regulada por el ius civile, en donde El pretor no puede, por ello, hacer a nadie heredero, puesto que éste es fijado por el testador en la herencia testamentaria o por la ley en la herencia ab intestato. Pero interviene en esta materia, sin inmiscuirse directamente en la atribución de heredero y de propiedad de la herencia,  las reglas del ius civile, promete en su edicto, la bonorum possessio contra tabulas directamente a los liberi (hijos y descendientes) que, sin haber sido ya instituidos herederos o desheredados, hubiesen sido preteridos por elpater en su testamento.


Desheredación
Según la ley de las 12 tablas lo instituido en un testamento era ley debido a que el pater estaba facultado a tal manera que podía decidir sobre la vida y muerte de su propio hijo a mayor razón podía desheredarlo. Sin embargo mas adelante te fueron dando ciertas reglas específicas basadas en la costumbre para impedir que el pater desheredara sin motivo alguno a sus propios hijos.






Desheredación el Ius civili

 En este caso se tenía por principio de que el padre debía desheredar a sus herederos necesarios, en este caso aquellas personas que se encuentran bajo la potestad del pater las cuales deberán ser sustituidos o desheredados por ejemplo un pater que tiene bajo su potestad a su hijo y a su nieto, en este caso su hijo será el heredero presuntivo y su nieto el sustituto pero se tiene la patria potestad sobre el nieto este será el presuntivo.


Desheredación según el derecho pretoriano
en este caso el pretor tenia la obligacion de:
1. Instituir a los hijos emancipados.
2. Instituir al hijo adoptado.
3.Las reglas para la institución de heredero reposan sobre las reglas del parentesco natural.
4.No se tenían todavía la obligación de instituir a las mujeres.






Reformas de Justiniano
Justiniano reforma las reglas de la desheredación con una contitucion del año 531 después de Cristo y dichas reformas constituyen en:
1-Suprimió cualquier distinción entra cualquier descendiente para incluirlo a la herencia.
2-Confirma el derecho pretoriano diciendo que todo heredero debe ser instituido o desheredado.
3-Coincide con Sabino en que cualquier omisión como heredero acarrea la anulidad abinitio ( nulidad es desde el inicio) y además suprime el jus Adsarecendi.
4-Permite la apertura de la bonarum possessio contra tabulas en el caso de uqe el hijo sea emancipado.





La querella inofficiosi testamenti
Es una medida extraordinaria que sólo se concede a falta de otra vía disponible. La querella inofficiosi testamenti resultaba una muy feliz construcción de los juristas romanos, se daba no era estrictamente en lo jurídico, ni estaba basado en una ley, sino que era del orden moral. Se consideraba que el haber actuado el testador desheredando sin motivo admisible a sus allegados próximos es, ha faltado al deber de piedad y por ello se le considera como si estuviera bajo los efectos de una perturbación mental.

        
                      Caracteres de  la querella inoficiosa
  1.  La querella se intenta contra la persona del testador.
  2. El plazo de prescripción es de cinco años contados a partir del fallecimiento del testador.
  3. Es una acción intransmisible a los herederos de él querellante.
  4. Es subsidiaria en la medida en que el beneficiario no disponga de otro recurso.
  5. De ella deriva la querella inofficiosi donationis y la querella inofficiosi dotis, las cuales impiden lesionar el derecho del legitimo, mediante liberalidades y constituciones de dote.
  6. Si el demandante era vencido en el juicio, pierde sus derechos y demás liberalidades que se le hubieran dejado en el testamento, y se adjudican al fisco.
  7. No era admisible la querella, sin quien la intenta hubiere aprobado el testamento.



              Requisitos de la querella inoficiosa
  1.  Debe tenerse derecho a la sucesión intestada del difunto.
  2. Si existen varios parientes a la mencionada sucesión, se sigue el orden de prelación determinado en ella.
  3. El haber sido excluido de la sucesión testamentaria sin justa causa.
  4. Esta acción se sostenía en el hecho de que el testador no estaba en su sano juicio,  por tanto se requería no disponer de ningún otro medio para disponer de la herencia. 









                   Efectos de la querella inoficiosa

  1. El legitimario no tiene derecho a la querella, si no ha sido instituido o desheredado, aunque se le haya dejado todo o parte de la legítima por legado o fidecomiso.
  2.  Fija los motivos por los cuales la deshederación puede ser requerida.
  3. El hecho de que se decida la querella a favor de el legitimario, no provocara la nulidad del testamento, sino las relacionadas con las instituciones hereditarias, pero se mantendrán los legados, fidecomisos y las manumisiones.






                   Bibliografias:
  • Materail cargado en plataforma saia.
  • Codigo Civil Venezolano.
  • www.google.com


CARLOS GIL C.I: 26.964.202